martes, 2 de abril de 2013

Legislación sobre árboles en las lindes

Después de investigar un poco sobre el tema de los árboles que tiene el vecino plantados en el linde con el huerto parece que el tema está meridianamente claro. El código civil (art 591 y 592) indica expresamente que los árboles altos (>2 metros) han de ser plantados a una distancia mínima de 2 metros de la linde. Deja abierta la puerta a que el propio ayuntamiento tenga una ordenanza específica al respecto pero en ningún caso podría ser una distancia inferior a esa...

http://foroarchive.infojardin.com/diseno-jardines-paisajismo/t-142426.html

En ese enlace está toda la info. Importante, si en el plazo de 20 años no se le reclama al vecino entonces ya no existirá la obligación de que los corte.

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